En Puedo Salir, somos conscientes de la importancia de presentar de forma correcta tu declaración de renta y en vista que se aproxima el 10 de agosto del 2021, día de inicio del calendario tributario establecido por la DIAN para tal fin, queremos recordarte e informarte los datos clave, así como facilitarte el proceso, otorgándote un 10% de descuento con nuestro aliado estratégico, Faro Consultores y Asesores en la elaboración de dicho trámite.
¿Qué es la declaración de renta?
La declaración de renta en Colombia es un mecanismo que permite a la DIAN (Dirección de Impuestos y aduanas nacionales) determinar que personas deben pagar impuesto sobre sus ingresos, dependiendo ciertos montos, para que de esta forma exista mayor equidad frente a quienes generan muy poco.
¿Quiénes deben declarar renta en el 2021?
Si bien es cierto que no todos los colombianos deben declarar renta, es de suma importancia tener claro si se debe hacer o no, puesto que faltar con la presentación de este requisito, conlleva a sanciones que varían según la condición y que pueden incluso privar la libertad de quienes incurran en irregularidades.
Para este año de acuerdo a los requerimientos de la DIAN se debe declarar renta si:
- El patrimonio bruto al término del año gravable 2020 sea igual o superior a $160.262.000
- Los ingresos totales del respectivo ejercicio gravable sean iguales o superiores a $49.850.000
- Los consumos mediante tarjeta de crédito sean iguales o superiores a $49.850.000
- El valor total de las compras y consumos sean igual o superior a $49.850.000
- El valor total acumulado de consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras sean igual o superior a $49.850.000
Recuerda que presentar declaración de renta no implica pagar impuesto, hay casos en los que el valor a cancelar será igual a 0, pero esto será determinado por la DIAN.
¿En qué fecha debo declarar renta en 2021?
Si tienes alguna de las condiciones mencionadas anteriormente debes tener claro que tu fecha límite de presentación de declaración de renta para el año 2021, será el estipulado en el calendario tributario de la DIAN, que funciona con los últimos 2 dígitos de la cedula de ciudadanía, empezando el 10 de agosto con las cedulas terminadas en 01 y 02 y que finaliza el 20 de octubre con los documentos terminados en 99 y 00 de la siguiente manera:
Recuerda que las fechas expuestas anteriormente son limite y que si te excedes en tan solo un día serás sancionado.
¿Puedo hacer mi propia declaración de renta?
Si, la declaración de renta, no es un trámite complicado, y está diseñado para poder ser realizado por personas con conocimientos contables, En la página web de la DIAN se puede encontrar la opción descargable “ayudarenta” que cuenta con información paso a paso muy útil, sin embargo, si cometes un error deberás enmendarlo en un plazo establecido y cancelar un valor de $ 363.000, costo que puede llegar a ser hasta 3 veces más que el que te cobraría un contador o empresa experta.
¿Qué sanciones puedo enfrentar al no declarar renta?
*Si presentas tu declaración de renta después de tu fecha límite, deberás cancelar un valor de un 5% adicional del valor de tu impuesto, conocido como sanción de extemporaneidad, la cual aumentara con cada mes o fracción de mes de retraso con respecto a tu fecha estipulada.
*Para el 2021, la sanción mínima a pagar estipulada por la DIAN por exceder tu fecha límite, es de $ 363.000. esta cifra deberá ser cancelada incluso si el valor a pagar por impuesto fuera cero.
*Si eres elegible para pagar impuesto de renta, la Dian te enviara un correo con una fecha límite de pago y en caso de exceder la misma deberás adicionar un 10%.
* En Caso de no realizar la declaración o el pago del impuesto de forma voluntaria, en los plazos establecidos y ser requerido por la DIAN, se deberá cancelar un 20% como sanción, con base en las consignaciones bancarias, ingresos brutos o última declaración de renta presentada.
*Según el Código Penal “el contribuyente que omita activos o declare un menor valor de los activos o declare pasivos inexistentes, en la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios, por un valor igual o superior a 5.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes, definido por liquidación oficial de la autoridad tributaria, incurrirá en prisión de 48 a 108 meses de prisión”.
Agradecemos la lectura de esta publicación y esperamos haber ayudado a aclarar posibles dudas e inquietudes con respecto al tema en cuestión, recuerda que para disfrutar del beneficio del 10% de descuento en la elaboración de tu declaración de renta, debes dejar tus datos en esta página o escribirnos a nuestro WhatsApp 322 673 8546. Que tengas feliz resto de día y no dudes en contactarnos o escribir tus comentarios en el blog.
Equipo puedosalir.